
Origen
La tarea de HCM es elaborar las normas que rigen las actividades que se realizan en un municipio y que no son alcanzadas por la legislación provincial o nacional. Estas normas derivan de proyectos que pueden tener diferentes orígenes y ser ingresados por: los concejales y las concejalas que integran el Cuerpo, ya sea individual o conjuntamente; o por el Departamento Ejecutivo Municipal.
Ingreso y Tratamiento
Una vez realizado el proyecto se ingresa por Mesa de Entradas, para luego ser derivado a Asuntos entrados en sesión; allí se define a qué Comisiones será remitido para su tratamiento. Puede darse que un proyecto deba ser tratado por más de una comisión.
Después de ser discutido y analizado por las comisiones correspondientes, surge un despacho de comisión. Si en un proyecto que pasó por dos o más comisiones hay diferencias de opiniones acerca de sus modificaciones, surgen dos despachos: uno por la mayoría y otro por la minoría, dejando asentadas las distintas sugerencias.
Luego de este proceso llega finalmente al Recinto con los despachos correspondientes como Orden del día. El Orden del día es la enumeración de los temas y/o proyectos habilitados para ser votados en sesión.
Hay excepciones en las que concejales y concejalas solicitan Tratamiento sobre Tablas de ciertos proyectos, en estos casos no pasarán por las comisiones y derivarán directamente al Orden del día.
Aprobación
Una vez que forman parte del Orden del día, los proyectos son sometidos a votación del Cuerpo Legislativo, si logran las mayorías necesarias, son aprobados y se transforman en Normas Municipales.
Los proyectos votados afirmativamente son comunicados por la Secretaría Legislativa al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines que corresponden.
Las normas pueden ser vetadas por el Ejecutivo y en el caso de ser promulgadas, se convierten en Ordenanzas Municipales Obligatorias.
Clases de normativas
El Cuerpo Legislativo Municipal dicta cinco tipos de normas que, según el Reglamento Interno del HCM, se definen como:
Proyecto de Ordenanza: Se presentará en forma de Proyecto de Ordenanza, todo dictamen o proyecto destinado a legislar, a dictar disposición de carácter permanente; o a reformar, abolir o suspender otra Ordenanza, institución o regla general (Artículo 69°- Reglamento Interno HCM). Están destinadas a regular y organizar el funcionamiento de la ciudad y se consideran de mayor jerarquía por el Concejo; disponen las obras o acciones a ser realizadas por el DEM.
Proyecto de Decreto: Se presentará en forma de Proyecto de Decreto, toda proposición que tenga por motivo el rechazo de solicitudes particulares o proyectos, la adopción de medidas relativas a la composición u organización interna del Concejo y, en general, toda disposición de carácter imperativo que no requiera el “cúmplase” del D.E. (Artículo 70°- Reglamento Interno HCM).
Proyecto de Resolución: Se presentará en forma de Proyecto de Resolución, toda proposición que tenga por objeto: otorgar autorizaciones; disponer la realización de obras e imputaciones; expresar una opinión del Concejo sobre cualquier asunto de carácter público o privado; adoptar reglas referentes a procedimientos administrativos (Artículo 71°- Reglamento Interno HCM).
Proyecto de Comunicación: Se presentará en forma de Proyecto de Comunicación, toda proposición destinada a requerir informes, recomendar, solicitar o exponer algo ante el D.E. (Artículo 72°- Reglamento Interno HCM).
Proyecto de Declaración: Se presentará en forma de Proyecto de Declaración, toda proposición que tenga por objeto expresar la opinión del Concejo sobre cualquier asunto de carácter público (Artículo 73° -Reglamento Interno HCM).
FUENTE: Reglamento Interno HCM